La configuración jurídica del derecho a la buena administración pública

dc.contributor.advisorParra Cortés, Lina Victoria, dir.
dc.contributor.authorArguello Miño, Lourdes Verónica
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.date.accessioned2018-11-27T15:28:20Z
dc.date.available2018-11-27T15:28:20Z
dc.date.issued2018
dc.description.abstractEl derecho a la buena administración pública es el resultado del cambio de la visión del servicio público en la sociedad, por cuanto desde hace muchos años se precautelaba el interés particular y con el transcurso del tiempo dicha ideología cambió ajustando la actuación del Estado en beneficio de la comunidad, al promover por parte de la administración la prestación de un servicio objetivo de interés general. El antecedente más remoto del derecho a la buena administración se encuentra en la Carta Europea de Derechos Fundamentales que surge en el año 2000, posterior a ello se emite la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en relación con la Administración Pública (CIDYCDAP) en el año 2013, en la cual se reconoce la triple dimensionalidad del derecho a la buena administración pública, por tanto dicho texto va más allá de lo dispuesto en el artículo 41 de la Carta Europea de los Derechos Fundamentales de la Persona. De este modo se configura el derecho a la buena administración pública a favor de los ciudadanos como una serie de subderechos reconocidos a su favor, plasmados tanto en la Carta Constitucional, en leyes y en Cartas Internacionales que contienen derechos más favorables para el ciudadanos a fin de frenar la arbitrariedad del Estado frente al individuo, en virtud del imperium que ejerce. En el ordenamiento jurídico ecuatoriano, la Constitución del Ecuador aunque no establece expresamente el derecho a la buena administración pública, consagra varios derechos a favor del ciudadanos que permiten colegir que dicho derecho está reconocido, adicional a ello en el artículo 31 del Código Orgánico Administrativo, normativa de vigente data, se consagra el derecho a la buena administración pública como un derecho fundamental de las personas. Considero que el principal aporte investigativo del presente trabajo versa en torno a que la buena administración pública enseña que el interés general está inmerso en todas las actividades de la administración pública y que existen mecanismos de defensa efectivos como la acción de protección que permiten precautelar el efectivo goce de dicho derecho a favor de los ciudadanos.es_ES
dc.format.extent121 p.es_ES
dc.identifier.citationArguello Miño, Lourdes Verónica. La configuración jurídica del derecho a la buena administración pública. Quito, 2018, 121 p. Tesis (Maestría en Derecho Administrativo y Contratación Pública). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-2712
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/6366
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectADMINISTRACIÓN PÚBLICAes_ES
dc.subjectDERECHO ADMINISTRATIVOes_ES
dc.subjectACCIÓN ORDINARIA DE PROTECCIÓNes_ES
dc.subjectLEGISLACIÓN ECUATORIANAes_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
dc.titleLa configuración jurídica del derecho a la buena administración públicaes_ES
dc.typemasterThesises_ES

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